jueves, 8 de febrero de 2018

Primera reunión de la Secretaría de diversidad y política LGTBI del PSOE de Andalucía

La diversidad sexogenérica es una realidad patente que está transformando a gran velocidad las formas tradicionales de entender las sexualidades, las identidades y los derechos que lleva aparejados. Esta transformación está alcanzando una veloz y progresiva aceptación y reconocimiento social, lo que obliga a las instituciones a regular esta nueva realidad.


En este sentido, es tarea de los poderes públicos legislar para que sus diferentes ámbitos se adapten y promuevan la integración y no discriminación de las personas que se consideran LGTBI (lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales). Así, esta ley parte de una cláusula general antidiscriminatoria para profundizar de manera interseccional en la garantía de derechos y en la prevención de actitudes LGTBIfóbicas, sea en el ámbito de lo social, en la sanidad, en la educación, en el ocio y el deporte, en la familia o en otros ámbitos dispuestos en la presente ley.

La mayor visibilización de las personas que se consideran LGTBI y el ejercicio de sus derechos sociales y civiles también conllevan una mayor visibilización de las actitudes LGTBI fóbicas, que siempre existieron pero que hoy se señalan y denuncian con menos temor. Esta ley pretende ser también un instrumento de apoyo para erradicar estas conductas de odio, violencia y discriminación en el ámbito de las competencias de las Administraciones públicas de Andalucía.

En base a estas reivindicaciones se redactó la nueva ley 8/2017 en fecha de 28 de Diciembre por la Junta de Andalucía, para hacer efectiva esta ley y que se le de la máxima difusión tanto a este colectivo como a su aplicación se han reunido por primera vez El Comite del PSOE  de Andalucía de la Secretaría de Diversidad y políticas LGTBI y a la que pertenece nuestra secreteraria de Organización del PSOE de Camas, María de los Ángeles Gómez Olid

Asimismo, esta ley presta atención a los colectivos más vulnerables, bien por el rango de edad o por otros tipos de diversidad, ya sea étnica, funcional, religiosa, cultural, etc., o por las diferentes situaciones de documentación administrativa de las personas migrantes. Se trata con especial atención a las personas menores de edad, con el objetivo de intervenir en edades tempranas en las que se forma la personalidad.

La igualdad es inconcebible sin admitir la plena diversidad del ser humano. Y ejemplos de su quiebra hemos tenido en la historia reciente de nuestro país. No debemos olvidar que la intolerancia, la persecución, el odio y la represión al colectivo LGTBI (lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales cobraron carta de naturaleza hasta el punto de que muchas personas tuvieron que exiliarse para poder vivir en libertad, ser ellas y ellos mismos, amarse o no sufrir por razón de su identidad u orientación sexual.



ACCEDE A LA LEY PINCHANDO SOBRE LAS IMÁGENES

 ley-82017-de-28-de-diciembre



 ley-82017-de-28-de-diciembre




PSOE de Camas al Servicio de todos los Cameros y Cameras

Entradas populares

Archivo del blog